por si alguno lo quiere comprobar he copiado el pígradfe de ¿Quienes pueden ser benficiaros?
y esto es lo que dice
1. Podrán participar en las convocatorias:
a) Las entidades y organizaciones sin ánimo de lucro de ámbito estatal
o que participen en redes,programas o proyectos que, por sus especiales características, hayan
de llevarse a cabo en un
ámbito superior al de Comunidad Autónoma o en el medio marino. Además,
deben tener sede en España, estar legalmente constituidas e inscritas en el registro
correspondiente.
b) Los organismos públicos de investigación, universidades,
corporaciones de derecho público profesionales
y aquellas que tengan como finalidad la representación, promoción y defensa de
los intereses generales del comercio, la industria,
los servicios y la navegación, así como la prestación de servicios a las
empresas que ejerzan las indicadas actividades.
c) Las Administraciones Públicas y Entidades Locales que
estén integradas en redes, programas o planes de ámbito estatal o que, por sus especiales
características, afecten a más de una
Comunidad Autónoma.
d) Las entidades mercantiles, u otras personas físicas o
jurídicas, públicas o privadas, en los casos y con las especificidades y requisitos exigidos en cada
convocatoria.
e) Podrán concurrir específicamente a las ayudas para el
desarrollo de proyectos de la línea de
relaciones internacionales:
Las entidades sin ánimo de
lucro con sede en España.
Las grandes entidades no
lucrativas de carácter internacional, que reúnan las características exigidas en cada convocatoria.
Las entidades no lucrativas
con sede en alguno de los Estados miembros de la Unión Europea que reúnan las características exigidas en cada
convocatoria.
Las entidades extranjeras no
lucrativas cuya propuesta presentada a la Fundación Biodiversidad esté cofinanciada por la AECID u otra
agencia u organismo español que promueva actividades de cooperación internacional al
desarrollo.
2. No podrán obtener la condición de beneficiarios de las
ayudas las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13,
apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
El enlace de la página de la fundacion Biodiversidad el siguiente
*QUIERO DESTACAR QUE CADA UNO INTRERPRETE A QUE GRUPOS ESTAN DEDICADAS LAS SUBVENCIONES Y QUE HAGA UN PENSAMIENTO PARA QUE LAS DEDICAN
*NO QUIERO QUE SE ME DIGA QUE REDIRECCIONO EL PESNSAR DE LAS PERSONAS ,PERO LA CANTIDAD DE PROBLEMAS QUE HAY EN EL MUNDO RURAL Y LA NATURALEZA , SINCERAMENTE : LOS DIRECCIONAN ELLOS ,DISCRIMINANDO A LOS DEMÁS
ESPERO QUE ALGUIEN TOME NOTA Y RECTIFIQUE
No hay comentarios:
Publicar un comentario