OBRAS DE ARTE

EL CUADRO SUPERIOR ES UNA OBRA DEL PINTOR : DAVID CALLAU GENE
http://www.davidcallaugene.com/eventos-xsid-4
PARECE SER QUE LA PESCA SE ESTA PERDIENDO , NO ME GUSTARÍA QUE SE PERDIERA DEL TODO , POR ESO IRÉ PONIENDO CUADROS , QUE PASADO UN TIEMPO LOS DEPOSITARE EN LA BARRA LATERAL PARA QUE ESTÉN TODOS ALLI , A MODO DE MUSEO DE PESCA , QUE SERÁ EL TEMA PRINCIPAL

viernes, 6 de mayo de 2016

DONDE RADICA EL PROBLEMA DE LAS ESPECIES INVASORAS

      PRIMERO OS POGO UN  CORTO RESUMEN Y LUEGO OS REDIRECCIONO AL ARTICULO COMPLETO  QUE ESTA EN LA HOJA DE LA FEDERACION ESPAÑOLA DE PESCA
     AUNQUE LO VEAIS UN POCO ESPESO  ES FACIL SEGUIRLO Y CENTRA LA RAIZ DEL PROBLEMA.
3 mayo, 2016 · por · en , ,
Este el título de un artículo de opinión, aparecido en la web de la Federación Española de Pesca y Casting, donde su autor, a consecuencia de las demandas de los grupos ecologistas y la Sentencia del Tribunal Supremo sobre las especies que deben tener la condición de invasora, explica la diferencia de lo que ocurre en España con el resto de países Europeos, analizando las razones y proponiendo una solución. Se trata, entre otros, de evitar disparates cómo el de no poderse comer una trucha en España, pero sí poderlo hacer en el resto de países europeos.
El artículo:
-explica porqué ya no estará al alcance una trucha en la dieta mediterránea y el impacto en muchos pueblos de la condición de la trucha arco-iris en España de especie invasora
– desvela algunos posicionamientos técnicos sobre la trucha arco-iris
explica cuál es la razón de la sentencia: el “principio de precaución”, pero aplicado de manera excluyente de aquello que sí se considera en Europa para decidir y se refleja tanto en la Directiva de Hábitats, como de Aves, pero no en la legislación española. En concreto el art 2 de ambas directivas. Las cuestiones económicas y sociales allí sí importan sin perjuicio de primar la necesaria conservación de la naturaleza:
“Se puede decir que la palabra precaución, por ley, en este caso, ha dejado de significar la cautela de hacer bien las cosas en todos los sentidos. Por supuesto que hay que primar la necesaria protección de la naturaleza, pues una mejor naturaleza mejor vivirá el hombre, pero no puede olvidarse otros aspectos, pues el hombre pertenece a ella.”
– da cómo solución transponer en las leyes españolas el art.2 de ambas Directivas
El objetivo estratégico de la Directiva de Hábitats es mantener o restablecer los hábitats naturales y las especies de interés comunitario en un estado de conservación favorable, teniendo en cuenta los intereses económicos, sociales y culturales y las características regionales y locales. (art. 2 de la Directiva de Hábitats)
El objetivo estratégico de la Directiva de Aves es mantener o adaptar la población de todas las especies de aves salvajes de la UE en el nivel que corresponda a las exigencias ecológicas, científicas y culturalesteniendo en cuenta asimismo los aspectos económicos y recreativos. (art. 2 de la Directiva de Aves)
– y contrasta esta solución con la dada por el ecologismo radical para evitar el paro de aquellos cuyo medio de vida pendía de las piscifactorías de trucha arco-iris o de cientos de cotos de pesca o de un pequeño negocio; la solución del ecologismo radical es “mandar” al Estado a que haga una reconversión laboral !!!!
Sin duda la solución que propone su autor, Juan M. Theureau, evitaría muchos disparates. 

y COMO HE DICHO AL PRINCIPIO  AHORA TODO EL ARTICULO APARECIDO EN LA  HOJA DE LA DFEDEARACION  Y CON ESTE ENLACE

La trucha queda en España fuera de la dieta mediterránea o de cómo el ecologismo lastra el desarrollo rural

La Fundación Dieta Mediterránea  incluye a la trucha en la lista de alimentos de la dieta mediterránea durante los 12 meses del año, pero quienes quieran probarla  muy pronto se encontrarán, si nadie lo remedia, (cambiando la ley), que una cosa fácil hasta ahora y que seguirá siendo fácil en los países vecinos, se convertirá imposible. Ni siquiera los que tengan cerca la frontera podrán comprarla y traerla a España para cocinarla y comérsela.

No se asusten no es una alarma zoosanitaria, y “existe” solución para que el problema originado en España no sea para siempre. Lo malo es que las "soluciones" basadas en ocurrencias, y nunca a corto plazo, son pseudosoluciones y todos los españoles quedaremos perjudicados para siempre.

En el mejor de los casos, en unos 5 años, quizás vuelvan una parte de todos los que comían trucha a hacerlo, pero pagando bastante más que el precio de hoy. Un francés o un portugués, inexplicablemente, (salvo que sus países copien a España) podrán seguir pagando el precio de siempre.

Sólo pescadores de río que aún no hayan derivado a la pesca sin muerte (con devolución del pez pescado al río), y pesquen una trucha común, (he aquí la cuestión) serán los afortunados de poderse comer una trucha como lo hacían antes.

Todo ello, va a ser así, porque la trucha de pescaderías y restaurantes, salvo excepciones contadísimas, es una trucha arco-iris, y esta especie tiene los días contados en España. La trucha arco-iris es una trucha de origen norteamericano de fácil cultivo y es la que se produce para consumo en piscifactorías españolas y europeas desde que se inventó la salmonicultura, mientras que la producción de trucha común para el consumo en España es casi nula.

La trucha arco-iris es también muy utilizada por los pescadores pues repueblan con ella cotos en donde la pesca se regula por la Administración. Pero al tener dicha trucha los días contados en España, los pescadores se van a quedar también sin poderla pescar, cosa que tampoco va a ocurrir en nuestros países vecinos salvo que nos copien.

¿Por qué, ya no podrá comer trucha o ya no podrán nuestros pueblos utilizar los ríos para producir truchas?

¿Por qué en ninguna masa de agua (sea artificial o natural) ya no se podrá soltar trucha arco-iris y todas las masas de agua van a ser impropias para poder hacerlo y por tanto no se la podrá pescar?
 

¿Por qué somos diferentes, en todo ello, a nuestros países vecinos?

Porque el Tribunal Supremo, a demanda de entidades ecologistas, ha determinado recientemente que la trucha arco-iris  "ha de incluirse" o  "no ha debido excluirse" en la lista de especies invasoras y el estatus de pez invasor, en España, supone la inmediata prohibición no sólo de producción y comercialización sino también de traslado muerto o vivo o de cualquiera de sus partes incluyendo además la pesca deportiva en tal prohibición.

Y también porque, el que se reconviertan las piscifactorías españolas de trucha arco-iris a producir trucha común, no va a ser posible como puede deducirse de los siguientes datos y observaciones.

El Observatorio Español de Acuicultura (OESA) que es un proyecto propio de la Fundación Biodiversidad no cita producción alguna de trucha común en España. Por contra en la misma fuente sí figura la producción anual de trucha arco iris en España, que es de unas 16.000 toneladas al año,  lo que supone unos ingresos mínimos en primera venta de 36 millones de euros repartidos en aquellas provincias con agua suficiente y de calidad en los tramos altos de los ríos. Unos ingresos que van a parar a los pueblos de montaña y no a  las capitales de provincia.
Una no solución para las piscifactorías de trucha arco-iris es reconvertirse para producir truchas comunes. Pero adelanto que, salvo excepciones, las piscifactorías no se van a reconvertir a piscifactorías de trucha común u otra cosa, pues se estará muy lejos de poder competir en precio con otros pescados, ni las instalaciones van a servir para producciones de otros peces.
Otra no solución es que la compra o demanda de truchas que realizaban los pescadores para repoblar los ríos tanto con una clase de trucha como de la otra, se redirija toda ella a la trucha común. Pero ello resultaría, además de ser la de trucha viva una demanda insignificante, una medida improcedente y nada recomendable para la conservación de las poblaciones salvajes de trucha común de nuestros ríos pues la poca trucha común que se cultiva y puedan comprar los pescadores, salvo escasas excepciones, procede de razas centroeuropeas que se hibridan con las peninsulares, y esto no conviene en absoluto para la conservación de la trucha autóctona. Mientras que la trucha arco-iris no se hibrida con la trucha común y son contados los casos en lo que tras una repoblación la trucha arco-iris se haya reproducido con éxito.

En consecuencia: el inminente cierre de piscifactorías de trucha en España, lastra o ahoga el desarrollo rural.

EL PORQUÉ de estar la trucha arco-iris en una lista de especies invasoras en España
Se trata de dilucidar el porqué llegamos a esto en España y no en el resto de los países de la UE, y si existe o no alguna solución que es lo que procede para igualarnos al resto de países de la UE

No se trata de cuestionar si el Tribunal tiene o no razón, aunque a la sentencia se le haya interpuesto varios incidentes de nulidad  (figura muy excepcional)
Se trata de dar soluciones
Antepongo que ya no es solución suscribir ahora lo que se sabía, se dijo o está escrito por técnicos cualificados de las CCAA:  en una especie el posible carácter predador no demuestra su carácter invasor (la trucha arco-iris no se va a comer nada que no se comiera otra trucha u otro pez), la trucha arco-iris no se hibrida con ninguna otra especie autóctona, los parámetros que pueden definir a una especie invasora en el caso de la trucha arco-iris son muy parecidos a los del faisán, y para que esté presente la trucha arco-iris en un río, salvo casos muy contados, hay que echarla una y otra vez o desaparece. ¿Entonces, por qué nos vamos a quedar sin comer truchas los españoles y no en el resto de Europa? ¿por qué un pescador español la podrá pescar en Francia pero no en España?. Además de dudar de que el Tribunal supiera lo que acabo de referir (opinión de técnicos cualificados de las CCAA), el tema da para mucho, y es difícil resumirlo, pero se trata sobre todo de dar soluciones.

Vayamos sólo a algunos aspectos de interés

¿Por qué el Tribunal Supremo ha determinado que la trucha arco-iris se incluya en el listado de especies invasoras?

Primeramente es importante conocer que el Tribunal no determina cuestiones técnicas ni lo ha hecho, sino que un expediente oscuro en las cuestiones técnicas (de otra forma no se entiende) le ha conllevado a aplicar el principio de precaución. Lo que importa es la precaución de no atentar contra la "naturaleza". Que en la práctica se convierte en una reclamación constante del ecologismo para modelar la sociedad y sus relaciones del ser humano con la naturaleza a su antojo. Dicho “principio de precaución” figura en Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. (modificada en 2015)  y es ya reiterada la jurisprudencia que avala la aplicación de tal principio de precaución para que un Tribunal sentencie.

Se puede decir que la palabra precaución, por ley, en este caso, ha dejado de significar la cautela de hacer bien las cosas en todos los sentidos. Por supuesto que hay que primar la necesaria protección de la naturaleza, pues una mejor naturaleza mejor vivirá el hombre, pero no puede olvidarse otros aspectos, pues el hombre pertenece a ella.

Vayamos al caso que nos ocupa, ¿han de importar o no las cuestiones económicas, sociales, culturales o recreativas?, la respuesta correcta es que todo importa y se ha de tener en cuenta. El que todo importa, y nada es determinante por sí solo, está claramente consensuado a nivel Europeo, pues son muy claros los objetivos estratégicos (bien reflejados por la Comisión Europea) de las Directivas de Aves y de Hábitats que son las Directivas en las que se sustenta la Ley 42/2007:

El objetivo estratégico de la Directiva de Hábitats es mantener o restablecer los hábitats naturales y las especies de interés comunitario en un estado de conservación favorable, teniendo en cuenta los intereses económicos, sociales y culturales y las características regionales y locales. (art. 2 de la Directiva de Hábitats)

El objetivo estratégico de la Directiva de Aves es mantener o adaptar la población de todas las especies de aves salvajes de la UE en el nivel que corresponda a las exigencias ecológicas, científicas y culturales, teniendo en cuenta asimismo los aspectos económicos y recreativos. (art. 2 de la Directiva de Aves)

Pero en España, por Ley, lo que importa es el principio de precaución de no atentar contra la naturaleza, y en España no se hace mención alguna en la ley a aquello que sí importa en el resto de Europa. Las cuestiones económicas, sociales, culturales y recreativas allí se atienden para decidir y no quedan relegadas a la nada. En el resto de Europa las autoridades eligen entre diferentes formas de gestión, teniendo como premisa la conservación de los recursos naturales (por supuesto que sí), mientras que en este caso el resultado que ha primado, no se entiende de otra manera, es la protección de la presencia de truchas arco-iris donde no deben soltarse. Por supuesto que no se debe soltar donde no se debe, pero pregunto ¿para ello pide el ecologismo que la trucha arco-iris se declare invasora?

¿Cuál es la diferencia entre la solución, ya puesta en práctica desde hace años, de no soltar truchas arco-iris donde no se debe (donde hay trucha común o sea posible su recuperación) y la de forzar la inclusión de la trucha arco-iris en el catálogo de invasoras (voluntad del ecologismo)?. La diferencia es muy importante además de impedirnos comer una trucha, decenas de pueblos pierden un importante recurso, desaparecen las piscifactorías, desaparecen los cotos de pesca basados en la trucha arco-iris (cientos) y los empleos directos asociados (empleados de piscifactorías y guardas de pesca),  también hay que contar con la pérdida de los empleos indirectos que originan los pescadores. El problema es gravísimo pues son muchos los pescadores afectados, no sólo por la decisión de la inclusión de la trucha arco-iris en el listado de invasoras sino también porque la carpa (también a instancias del ecologismo) y otros peces también han pasado a dicho listado por el mismo principio de precaución (por no tener buenos mecanismos para no olvidar a quien se debe también preguntar).

La solución: Por lo tanto, una indebida transposición de las Directivas de Aves y Hábitats, puede explicar en parte lo que ocurre con España y no en Europa. Pues entonces ya sabemos una solución para tan graves problemas: transpóngase bien las Directivas y solucionemos de paso otros disparates. Cualquier otra solución son paños calientes, y los paños calientes no son la solución si queremos igualarnos al resto de países Europeos.

La solución del ecologismo
Contrasten lo anterior con los siguientes contenidos de comunicados del ecologismo unido:

“Solo se podrá articular una solución adecuada a este problema (“el uso de especies invasoras” como la trucha arco-iris), agravado durante años por la desidia de las autoridades, si éstas ejecutan de forma correcta el fallo judicial y activan sin dilación un proceso de reconversión que proteja todos los puestos de empleo afectados” “reclamaron (las entidades ecologistas) medidas que permitan a las comunidades autónomas aplicar la sentencia asegurando la plena protección del empleo”

Es evidente que el ecologismo sabía que podía originar un problema y deja en el tejado de la administración o del ejecutivo una reconversión laboral. En el resto de Europa no va a ocurrir esto.
La cuestión es importantísima, ¿cómo es posible que el ecologismo actúe sin miramientos y lo logre? Echar balones fuera después de originar un problema es actuar sin miramientos.
La acusación de desidia supone negar la existencia de criterios de gestión y normas de gestión, que las hay, para las especies que ahora pasarán al listado, algunas de controvertido carácter exótico  como la carpa.

No es solución la alternativa de un cambio de ley que permita la producción y el consumo de truchas arco-iris, es contentar a la mayoría para seguir olvidándose del desarrollo rural, es decir de otros empleos aún menos minoritarios (los guardas de pesca) y de la importancia del colectivo de pescadores para el desarrollo rural. También será olvidarse de que en el resto de Europa no será así.

Otras cuestiones

Como cambiar la Ley, lleva su tiempo, no puedo dejar de omitir algunas  cuestiones a resolver de interés para todos: ¿cómo acertar en la elección de los peritos judiciales (en plural)? (no se trata de a quien preguntar, se trata de a quien no hay que dejar de preguntar) ¿qué hacer en las estructuras ministeriales para que sean técnicos cualificados los que asesoren en tales materias a las altas esferas? Esta segunda pregunta equivale a como enterarse uno de lo que no me dicen cuando el ecologismo está anclado en el Ministerio, ¿cómo hacer para que no haya técnicos funcionarios que suplanten a políticos?, y una muy importante ¿cómo hacer para no derivar tantas cuestiones técnicas a la justicia?.

También es de interés saber si hubo o no algún informe suscrito (firmado) por técnico del Ministerio que se manifestara sobre la cuestión del carácter invasor de la trucha arco-iris y en qué sentido, pues de haberse emitido en el único sentido que técnicamente es posible hacerlo no estaríamos en la situación que nos encontramos.
Aquí podría terminar el artículo, pero dado que el problema deviene de los ecologistas, es importante analizar la siguiente cuestión:

¿por qué demandan las organizaciones ecologistas?

Digamos que los ecologistas, sepan o no del tema, son libres de opinar (emitir opiniones es gratis y por lo tanto no hay que ni documentarse). El tema económico, en estos casos no lo tienen presente antes de actuar, o si lo tienen piensan que no se produce daño económico alguno declarando la trucha arco-iris invasora, quizás pensaran que las piscifactorías de trucha arco-iris pueden reconvertirse para producir truchas comunes, o quizás les basta con mandar al Estado  que haga una reconversión laboral para los empleos perdidos (a cargo del bolsillo de todos)

Es un argumento recurrente del ecologismo decir que los costes económicos no han de ser obstáculo para hacer bien las cosas en beneficio de la naturaleza, claro que tienen razón, a la larga es más rentable. Pero esta verdad, por mera banalización y falta de análisis caso a caso,  se convierte en la práctica en lo siguiente "lo que a mí me parece bien para la naturaleza así ha de ser sin ninguna consideración para quienes tienen allí puesto su medio de vida”.  De alguna manera en el ecologismo prima la ideología de supremacía del estatus de "derechos que se merecen los animales o la naturaleza" por encima del de aquellas personas que hacen aquello que desaprueban o ellos no harían.  Su ideología se ha de hacer ley, por ello denuncian para cambiar las leyes o sus aplicaciones. Ello, no nos ha de alarmar, pues se sabe que las posturas extremas o bien buscan una identidad de la sociedad igual a la de sus voluntades (y al cuerno las de otros) o bien buscan prebendas (olvidando y limitando los derechos de otros), o ambas cosas.

Bien ya sabemos (sin pensar mal) porqué  denuncian los ecologistas: la ideología está por encima de la razón, el hombre no pertenece a la naturaleza, los trastornos que otros han de sufrir “tienen solución” a cargo de otros.

En este caso, han de saber, que quienes trabajan en una piscifactoría de un pueblo, les habrá caído la sentencia encima  por sorpresa, y lo único que algunos habrán hecho es confiar en que los responsables de las decisiones acertaran gracias a defensas de terceros (La Federación de Pesca), pues tenían muy poca capacidad de defensa propia. Otros piscicultores, como habrán imaginado, ni se enteraban de las que le venía encima hasta que les ha caído la sentencia. ¿Estamos hablando de unos pocos?, NO, estamos hablando de desarrollo rural, donde además la pesca en agua dulce también tiene muchísima importancia en el desarrollo rural. Y por lo tanto podemos afirmar que al ecologismo no le importa lastrar el desarrollo rural.

Lo curioso es que el ecologismo en este caso demuestra ser  un colectivo extraño. Sí, pueden estar seguros que serán pocos los ecologistas, pertenecientes  a las entidades demandantes, que hayan despreciado comer una trucha "invasora" (hace años del inicio de las actuaciones ecologistas para ello). Puede que muchos ecologistas no supieran lo que hacían los dirigentes de las entidades a las que están orgullosos de pertenecer, y si piden una trucha a la navarra en el pueblo donde antes la comían es cuando se enteren de verdad lo que hay, otra puya más a nuestros pueblos. Los ecologistas extranjeros, o españoles no pertenecientes a esas entidades, tendrán la conciencia tranquila y se la seguirán comiendo cuando puedan y quieran.

Otro error del ecologismo muy frecuente es pensar que los modelos correctos de gestión se han de reducir  a un único modelo (prohibiciones), eliminando otros y por ello todo se ha de hacer por ley cuando la  aplicación de la ley anterior no es a su gusto. Y lo van consiguiendo, entre otros, mediante la elevación del principio de precaución a ley, pero con carácter excluyente de los aspectos que sí se tienen en cuenta en Europa.

Juan M. Theureau. Ingeniero de Montes. Abril de 2016.

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